Deducciones en la Declaración de la Renta

Desde hace unos días ha dado comienzo la campaña de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Recordamos que los donativos y las cuotas de hermano abonadas a nuestra cofradía durante el pasado año son deducibles, hasta un 80% en los primeros 150 euros, en la liquidación de este impuesto.

La deducción debería aparecer en el propio borrador de la Agencia Tributaria, de no ser así, podrá hacerse manualmente en la página 38, casilla H, en el apartado Otras deducciones generales de la cuota íntegra/Deducciones por donativos y otras aportaciones: Donativos a entidades reguladas en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre. En la mencionada casilla deberán aparecer las cantidades abonadas durante el pasado año 2020 en concepto de cuotas de hermano y donativos.

Si no aparece puede deberse a que no consta en la base de datos el DNI del hermano, en ese caso debería ponerse en contacto mediante el correo electrónico de la hermandad para facilitarlo hermandad@hermandaddesamparados.com.

Si la cantidad que aparece en el borrador no fuese la correcta, es posible modificar la misma. La hermandad facilitará un certificado que acredite dicho pago, en caso de ser exigido por la Agencia Tributaria.